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Extracto:Después de tres meses de incremento desbocado del IPC
Después de tres meses de incremento desbocado del IPC, que se situó en febrero en el 7,6 %, y en previsión de que siga subiendo como consecuencia de la guerra de Ucrania, la mayoría de los arrendadores en España están optando por no aplicar ese aumento en la revisión anual del alquiler de sus viviendas, según las empresas del sector.
Algunas como la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA (T:9202)) están recomendando a sus clientes propietarios que “no lo apliquen en su totalidad y que actualicen la renta, por ejemplo, con un IPC a la mitad de su valor, o bien que no lo apliquen, dejando la renta como está”, explica su directivo Sergio Zurdo.
Los expertos consideran que actualizar el alquiler con un IPC tan elevado puede producir rupturas de contratos, porque los inquilinos buscarán alquileres más baratos, y también dar lugar a impagos, debido a que los salarios no se han incrementado en la misma medida.
EL 85 % NO LO APLICA
Según datos de la ANA -que administra alrededor de 5.000 viviendas, todas con contratos sujetos a la inflación-, en los últimos tres meses un 85 % de los arrendadores no han aplicado el incremento total del IPC y, de esos, uno de cada cuatro (el 27 %) directamente no ha subido la renta.
Esta empresa cree que su recomendación se debe extender a todos los arrendadores en España, ya sean personas físicas o jurídicas, para amortiguar el impacto en los alquileres.
Además advierte de que también se está disparando el coste de los suministros, sobre todo el gas y la luz, con lo que sube aún más la tasa de esfuerzo para pagar una vivienda de alquiler, que en España ya es de las más alta de Europa.
Sin embargo, desde la Asociación de Propietarios de Viviendas de Alquiler (Asval), que representa a grandes propietarios, declinan pronunciarse y recuerdan que se trata de “negociaciones individuales entre propietarios y arrendados”.
EL ÍNDICE ARCA
Por su parte, Alquiler Seguro critica la indexación de los contratos al IPC recogida en la última modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y defiende la utilización del índice ARCA para actualizar las rentas de una manera “real” y “fiable”.
La actualización de rentas aplicando este índice se puede incluir en los contratos de arrendamiento mediante una cláusula legal, explica David Caraballo, gerente de Alquiler Seguro.
Con el último dato del índice ARCA, un contrato de alquiler con una renta de 700 euros firmado en febrero de 2021 se actualizaría en 719 euros, mientras que con el IPC subiría a 747 euros.
Según Caraballo, el índice ARCA, creado y utilizado por esta empresa en los miles de contratos que gestiona, es representativo, puesto que se calcula sobre una muestra amplia, aleatoria y atomizada de la evolución de las rentas de inmuebles en alquiler; es fiable, ya que se basa en la renta neta real pactada y aceptada en contrato y es flexible, porque en su cálculo influyen tanto los contratos existentes como los que entran nuevos en el mercado.
LA ÚLTIMA REFORMA DE LA LAU
Desde Legalitas recuerdan que el propietario tiene derecho a actualizar la renta anualmente en función de la variación del IPC, siempre y cuando esta cláusula aparezca reflejada en el contrato y se avise al inquilino con un mes de antelación.
Si no figura esa cláusula, se puede aplicar el incremento del IPC si el contrato se firmó antes del 31 de marzo de 2015 y si no se pactó otro mecanismo.
Lo que no pueden hacer los arrendadores es subir el alquiler por encima del IPC, ya que así lo estableció, a partir del 6 de marzo de 2019, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) para evitar las subidas “abusivas” en las rentas.
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